Título de Especialista Jerarquizado

Estimado Doctor :
Deberá completar el Formulario del Colegio y adjuntar al mismo:
Currículum Vitae a partir de la obtención del Título de Especialista, y de acuerdo al artículo 12º, inciso «c» y artículo 21º del Reglamento de las Especialidades.
Formulario (click)
Reglamento de las Especialidades.
Artículo 12º – inciso «c». Los profesionales con título de Especialista que opten por el título de Especialista Jerarquizado, quedan exceptuados de cumplir con los establecido en el artículo 5º y únicamente deberán reunir como mínimo 100 puntos y cumplimentar con lo establecido en el artículo 21º.
Artículo 21º – El Colegiado con título de Especialista, transcurridos cinco (5) años de otorgado del mismo, podrá solicitar el título de Especialista Jerarquizado, para lo cuál deberá cumplir con lo establecido en el artículo 12º, inciso «c».
Requisitos para la obtención del Título.

Los postulantes deberán reunir 100 Puntos

Debe ser colegiado de éste Distrito

El Colegiado con Título de Especialista, transcurrido cinco (5) años de otorgado el mismo, podrá solicitar el Título de Especialista Jerarquizado.-

Deberá presentar carpeta ordenada de la siguiente manera:

Solicitud de Formulario de Título de Especialista Jerarquizado (que se encuentra en la Gestoría, en cualquiera de las Asociaciones y Círculos Médicos, en la página Web: www.colmed6.org, que se deberá cumplimentar a máquina o con letra imprenta legible.-

Si es Especialidad Quirúrgica: Presentar “Listado de Cirugías” realizadas de los últimos dos años (certificado por autoridad competente; Jefe de Servicio o Director del Hospital, debiendo constar tipo de cirugía y en calidad de que actuó ).-

Fotocopia de: Título de Médico, Especialista, D.N.I. y todos los antecedentes Médicos, en el orden que pide la Solicitud y en forma cronológica.- (“certificados por el Consejero del Partido”).-

Fotocopia de Habilitación de Consultorio y Certificación del Establecimiento Público o Privado donde desarrolle su especialidad.-

Arancel: Sin cargo

El uso y reconocimiento del Título de Especialista, deberá ser «RECERTIFICADO» a los 5 (cinco) años de otorgado».-

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