VISTO:
Las disposiciones del Decreto Ley 5413/58
Y CONSIDERANDO:
Que la Mesa Directiva ha presentado una propuesta tendiente a la actualización del valor
de la Hora Médica Colegio;
– Que dicha iniciativa, aprobada por unanimidad por todos los Distritos que componen
este Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires, tiene por objeto recuperar
el deterioro que sufre el honorario médico en defensa de la dignidad y el decoro
profesional.-
POR ELLO EL CONSEJO SUPERIOR DEL COLEGIO DE MEDICOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES RESUELVE
Artículo 1º: Fijar a partir del 26 de abril de 2013 el valor de la HORA MEDICA COLEGIO en la suma de SEISCIENTOS PESOS ($600).
Artículo 2º: Elevar la presente al Poder Ejecutivo a los fines que correspondan.
Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial, a las Instituciones y Colegios
Distritales. Cumplido archívese.
RESOLUCION C.S. Nº 824
LA PLATA, 26 de abril de 2013.-
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