VISTO:
Las disposiciones del Decreto Ley 5413/58
Y CONSIDERANDO:
Que por resolución 824/13, se ha actualizado el valor de la Hora Médica Colegio, y que en función de ello corresponde proceder a la actualización del valor mínimo ético para la consulta médica y guardia médica de 24 horas;
POR ELLO EL CONSEJO SUPERIOR DEL COLEGIO DE MEDICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE
Artículo 1º: Fijar para consulta mínima ética a partir del 26 de Abril de 2013 en DOSCIENTOS ($ 200).
Artículo 2º: Fijar para la Guardia de 24 horas en establecimientos públicos o privados el valor mínimo ético de PESOS TRES MIL SISCIENTOS ($ 3.600).
En todos aquellos casos que la guardia sean de una Especialidad, y el médico de guardia se encuentre certificado por el Colegio de Médicos en la misma, tiene derecho y se le deberá reconocer su Jerarquización Profesional con un 20 % por encima del valor establecido como mínimo ético.
De la misma manera, en todos aquellos casos en que la guardia sea de sábado, domingo o feriados, corresponderá el pago de una 20% por encima del valor estipulado como mínimo ético.-
También corresponde en los casos que el médico desempeñe funciones de Jefatura el reconocimiento de un 20% sobre el valor estipulado como mínimo ético.
Artículo 3º: De forma.
Artículo 4º: Comuníquese a los Colegios Distritales, y a las Instituciones Públicas y Privadas de la Provincia de Buenos Aires. Cumplido archívese.
RESOLUCION C.S. Nº 825
LA PLATA, 26 de Abril 2013.-
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